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NOTICIAS

CAMBIO RETENCION DE PROFESIONALES

Fecha : 15/07/2015

Fuente : Aselagun

El 11 de julio se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), el  Real Decreto Ley 9/2015, de 10 de julio, en el cual se modifican las retenciones a aplicar desde el 12 de julio de 2015, que son las siguientes;


  • Actividades profesionales
    • La retención general a aplicar para los rendimientos de profesionales será;
      • 19% desde el 1 de enero de 2015 hasta el 11 de julio de 2015
      • 15% desde el 12 de julio de 2015 al 31 de diciembre de 2015
    • Para quienes inicien la actividad podrán aplicar la siguiente retención (en el año de inicio y en los dos siguientes);
      • 9% desde el 1 de enero de 2015 hasta el 11 de julio de 2015
      • 7% desde el 12 de julio de 2015 hasta el 31 de diciembre de 2015
  • Rendimiento de capital inmobiliario

    • En los arrendamientos de inmuebles urbanos se mantiene la retención en factura del 20%.

Estas notificaciones se aplicaran a partir del 12 de julio de 2015. 

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