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Fecha : 12/11/2013
Fuente : Aselagun aholkularitza
El IBAN es el identificador internacional estándar para cuentas bancarias que será exigido obligatoriamente –en lugar del código cuenta cliente (CCC)- a partir del 1 de febrero para efectuar domiciliaciones de recibos, pagos por transferencia, ingresos de nóminas en las cuentas corrientes y otras operaciones. La Zona Única de Pagos en Euros (SEPA en sus siglas en inglés) lo exige para crear un mercado único de pagos de forma que se pueda operar en toda la zona desde una cuenta bancaria única.
Todas aquellas entidades, organizaciones o empresas que efectúen las operaciones anteriormente citadas, deberán cumplir las nuevas exigencias. A falta de menos de tres meses, el Banco de España ha demostrado su preocupación por el escaso conocimiento del proceso entre las pymes. De momento en España, el porcentaje de operaciones que se están haciendo con el estándar SEPA, es del 55%, y en adeudos sólo el 0,24%, ambos por debajo de la media europea. Está previsto que los grandes emisores de recibos lo pondrán en marcha antes de fin de año, pero la inquietud de las autoridades se centra en las pequeñas empresas, colegios, comunidades de vecinos, etc.
En los casos de grandes administraciones públicas o compañías, la propia compañía “convertirá” el código cuenta cliente en código IBAN a través de un algoritmo matemático que se facilita en la web Sepaesp.es, desarrollada por el Banco de España y las entidades financieras. De este modo, estas compañías obtendrán el código necesario de una forma más económica y eficiente, en lugar de enviar cartas cliente a cliente. Un particular lo podrá solicitar en su propia entidad financiera o verlo directamente en su cuenta a través de la banca electrónica o en los recibos bancarios.
La responsabilidad de cumplir la SEPA es siempre de quien inicia la operación. En consecuencia, el consumidor o el trabajador no serán responsables de las consecuencias salvo el caso en el que se les haya solicitado el código y no lo hayan facilitado.
Por otra parte, la SEPA ha comunicado otro cambio. La información incluida en los recibos domiciliados no podrá exceder de 140 caracteres. Es decir, el objeto y detalles del recibo tendrán que ir en clave twitter. Las domiciliaciones existentes continuarán siendo válidas, pero si alguna no se utiliza durante 36 meses y no hay ningún pago u operación dejará de tener vigencia y habrá que renovarla.
La SEPA introduce también una serie de garantías para el cliente (p.e. la posibilidad de limitar el cobro de un adeudo a un determinado importe o periodicidad para evitar cargos no controlados), la mayoría de las cuales ya existen en España.