Utilizamos cookies para mejorar nuestros servicios. Si continúa navegando, consideramos que acepta su uso. Puede obtener más información, o bien conocer cómo cambiar la configuración, en nuestra Política de Cookies
Fecha : 09/09/2014
Fuente : ASELAGUN AHOLKULARITZA, SL
El pasado 4 de julio se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Sentencia del Tribunal constitucional en la que, entre otras disposiciones, se declara que queda anulado el derecho de rescate por antigüedad de 10 años que correspondía a los socios de las Entidades de Previsión Social Voluntaria (EPSV) de las modalidades individual y asociada.
Sin menoscabo de lo indicado anteriormente, las aportaciones a las EPSV que usted haya realizado con anterioridad al día 4 julio de 2014 conservarán el derecho de rescate, tal y como establece la Resolución del viceconsejero de Hacienda y Política Financiera del Gobierno Vasco de 4 de julio de 2014.